Ante las noticias de los últimos días sobre las posibles interferencias entre las frecuencias 5G y los aviones aquí os dejamos algunos datos interesantes que pueden arrojar luz sobre este tema.
Los radioaltímetros de los aviones funcionan en la banda 4.2-4.4 GHz y, en Europa, las redes 5G operan en el rango de frecuencias 3.4 – 3.8 GHz, muy alejado de la banda usada por estos. En Estados Unidos, las redes 5G ocupan unas frecuencias más altas, que van de 3.7 a 3.98 GHz, por lo que hay ~200 MHz de banda de guarda[1] entre ambos servicios. En el caso europeo, nuestra banda de 5G es 3.4-3.8 GHz, hay 400 MHz de banda de guarda con los radioaltímetros, el doble que la existente en Estados Unidos.
Estas bandas de guarda son mucho mayores de las habituales (20 o 40 MHz) y, por tanto, las posibilidades de interferencias deberían ser nulas. La preocupación surge en Estados Unidos por ciertos modelos de altímetros que podrían tener una selectividad de recepción muy limitada y que podrían saturarse con las emisiones de 5G a pesar de estar a 200 MHz de la banda usada por ellos.
Hay que resaltar que ya existen redes 5G operativas en 40 países y no se han registrado incidencias sobre interferencias en los radioaltímetros de aviación. La EASA (European Aviation Safety Agency) ha comunicado que no se ha identificado riesgo de interferencias en Europa[2], y la CAA (Civil Aviation Authority, del Reino Unido confirma que no se han dado casos en los que una interferencia 5G haya provocado un mal funcionamiento de los sistemas del avión[3].
En España, el Cuadro Nacional de Atribución de Frecuencias[4] (CNAF) es el instrumento normativo básico del ordenamiento del espectro en España. El CNAF establece los tipos de uso y condiciones aplicables a cada banda de frecuencias, y traspone al ordenamiento legal español los cambios y modificaciones de atribución de bandas de frecuencia y servicios radioeléctricos derivados de las Conferencias Mundiales de Radiocomunicaciones de la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT); las condiciones de uso establecidas por la CEPT (Conferencia Europea de Administraciones de Correos y Telecomunicaciones), el organismo europeo encargado de la gestión del espectro, y las Decisiones de la Comisión Europea que España, como Estado miembro, tiene la obligación de adoptar.
La gestión del espectro es competencia en la actualidad del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital a través de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales. El uso del espectro es posible gracias a una laboriosa gestión y planificación técnica de los recursos disponibles, acompañada de las necesarias tareas de control técnico del espectro radioeléctrico para detectar cualquier incompatibilidad entre sistemas de radiocomunicaciones.
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[1] Las bandas de guardas son bandas de frecuencias, no utilizadas por ninguno de los sistemas, que proporcionan un margen de seguridad para evitar interferencias entre canales o sistemas.
[2] EASA Safety Information Bulletin No: 2021-16
[3] SN-2021/017: Potential Interference Risk to Radio Altimeters from 5G Mobile Technology (caa.co.uk)
[4] La versión actual del CNAF aprobado por Orden ETD 1449/2021, de 16 de diciembre, se publicó en el Boletín Oficial del Estado el 24 de diciembre de 2021.